Sobre Nosotros

 La Junta

La Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico​ fue creada mediante la Ley 130 del 8 de mayo de 1945 con el propósito de promover la negociación colectiva, reducir las causas de ciertas disputas obreras y fomentar el crecimiento económico de Puerto Rico. Es un organismo gubernamental con poderes cuasi-judiciales. Las responsabilidades y funciones que emanan de su estatuto orgánico son ejecutadas a través de sus distintas divisiones administrativas. 

La Junta, como entidad o cuerpo colegiado con facultades de adjudicación final de los casos bajo el estatuto habilitador, está compuesta por tres miembros, dos de éstos son “Miembros Asociados” que ofrecen sus servicios a tiempo parcial. Este organismo colegiado, también denominado la “La Junta en Pleno” posee tres funciones primordiales:

1. Prevenir y remediar la comisión de prácticas ilícitas del trabajo, según estatuídas, por los patronos y organizaciones obreras o sus agentes.
2. Tramitar los casos relacionados con la designación o determinación de la representación sindical, así como la clarificación de las unidades apropiadas a los fines de la negociación colectiva.
3. Ejercer su discreción sobre la facultad de promover recursos judiciales para ayudar a poner en vigor laudos de arbitraje. Estas facultades se ejercen mediante la discusión de los casos y la emisión de las correspondientes Decisiones y Órdenes, Certificaciones y Resoluciones, según sea el caso.​

Mensaje​​​

Estimados/as Ciudadanos/as:​​
Bienvenidos/as al portal cibernético de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico. Nuestra entidad e​s un organismo cuasijudicial de la Rama Ejecutiva de Puerto Rico el cual investiga, delibera y adjudica controversias al amparo de la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico Ley Núm. 130 de 8 de mayo de 1945 y la Carta de Derechos de Empleados Miembros de una Organización Laboral, Ley Núm.333 de 16 de septiembre de 2004 según enmendadas. Bienvenidos/as a nuestra casa virtual.

Historia

La Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico fue creada en virtud de la Ley Núm. 130 del 8 de mayo de 1945, según enmendada, con el propósito de promover los principios de la negociación colectiva, reducir al mínimo las disputas obreras y fomentar el desarrollo económico. Es un organismo cuasi-judicial que está facultado para deliberar y adjudicar mediante decisiones finales, las cuestiones que se le someten, de acuerdo con la Ley, luego de haber sido evaluadas e investigadas por los diferentes componentes concernidos de esta instrumentalidad. Su cuerpo organizacional está integrado por la Oficina del Presidente, Oficina de Asesoramiento Legal, Secretaría, División de Investigaciones, División Legal, División de Oficiales Examinadores y la Oficina de Servicios Administrativos. 

Pasados Presidentes de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico

Misión - Proveer un foro cuasi-judicial para atender y solucionar con rapidez, eficiencia e imparcialidad, ciertas disputas obrero patronales entre empleados, uniones y patronos, salvaguardando de esta manera la paz laboral y el máximo desarrollo económico de Puerto Rico. 
Visión - Ser modelo de administración pública, fortaleciendo las relaciones obrero patronales en Puerto Rico mediante soluciones innovadoras y de vanguardia garantizando la protección de los derechos estatutarios de los trabajadores y trabajadoras.
Valores Compartidos
COMPROMISO - Servimos con dedicación
INTEGRIDAD - Trabajamos con responsabilidad
JUSTICIA - Protegemos los derechos estatutarios y adquiridos de nuestros trabajadores
EFICIENCIA - Fomentamos la máxima producción del país
EXCELENCIA - Promovemos el mejoramiento continuo
IMPARCIALIDAD - Velamos por el estricto cumplimiento de las leyes y de la contratación colectiva

Oficinas

Oficina del Presidente - La Oficina del Presidente la componen el Presidente y el personal responsable a él, que le facilita la administración de la Agencia. Es por medio de esta oficina que el Presidente ejerce su autoridad y delega tareas. La responsabilidad primordial del Presidente es dirigir y atender los asuntos administrativos de la Junta como una agencia de la Rama Ejecutiva. Para ello debe velar que todos los componentes organizacionales trabajen en coordinación. 

La Oficina de Asesoramiento Legal - La Oficina de Asesoramiento Legal es la unidad encargada de asesorar al Presidente y a la Junta en aspectos de carácter técnico y legal. A solicitud del Presidente se estudian los informes de investigación y los hallazgos y recomendaciones expuestos en los mismos a fin de asesorarle sobre la desestimación de casos o la expedición de querellas. En los casos elevados para adjudicación por los Oficiales Examinadores, se presentan recomendaciones sobre los mismos, se redactan proyectos de Memorandos, Resoluciones y Decisiones y Órdenes conforme a las directrices de la Junta y del Presidente. Además, se redactan todos los documentos legales que sean requeridos. Los abogados adscritos a esta oficina representan a la Junta ante los diversos foros judiciales y administrativos cuando es necesario por asignación del Presidente o de la Junta. También se asesora al Presidente y a la Junta en todo aspecto que sea necesario para ejercer las funciones que el ordenamiento asigna a la agencia.

Divisiones

  • División de Investigaciones
  • División Legal
  • División de Oficiales Examinadores
  • División de Servicios Administrativos

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Plan Estratégico 2021-2025

“Este Plan Estratégico ​confeccionado con la ayuda de todos nuestros Recursos Humanos representa nuestra firme convicción de que con Voluntad y Compromiso,Fortalecemos la Paz Laboral de Puerto Rico”

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